http://adolfomendozaleigue.blogspot.com/2015/02/entrevista-adolfo-mendoza-sobre.html
(3-2-15).- Álvaro
Rivero entrevista a Adolfo Mendoza buscando insumos conceptuales en el
marco de las consultorías: (1) Políticas Públicas para la Promoción de
Derechos Culturales en Cochabamba; (2) Políticas Públicas para la
Promoción de la Despatriarcalización en Cochabamba y (3) Políticas
Públicas para la Inclusión Cultural de Poblaciones Vulnerables en el
departamento de Cochabamba; trabajos encargados y realizados por Rivero
para la Dirección de Culturas e Interculturalidad de la Gobernación de
Cochabamba, efectuados entre octubre y diciembre del 2014.
Álvaro Rivero Ostoic (ARO): La entrevista va a tener como telón
de fondo, digamos, esta idea de que los derechos culturales deben ser
promocionados, también quiero indagar un poco del tema de
despatriarcalización, ¿cómo se puede impulsar el proceso de
despatriarcalización? Finalmente como se puede incluir a las poblaciones
vulnerables para que puedan ejercer sus derechos culturales de manera
apropiada, digamos ¿no?, entonces esa es la idea. Comenzaríamos con una
cuestión general, una gran parte del tema de derechos en Bolivia, se ha
concretizado –si vale el término– a partir de la aprobación de la
Constitución, sin embargo previamente a la aprobación de la Constitución
hay una historia previa ¿no? Es un resultado y punto de partida de un
proceso anterior. Entonces quisiera que nos puedas conversar las
características del proceso político previo que ha llevado a, primero, a
la instalación de la demanda de Asamblea Constituyente, el proceso
constituyente propiamente dicho y el resultado, o sea la Constitución,
¿qué características tuvo este proceso político que culminó en la
aprobación de la Constitución por el pueblo boliviano?
Adolfo Mendoza Leigue (AML): Ya, lo primero que hay que señalar
es que a veces se cree que los derechos culturales se reducen nada más a
una parte del catálogo de derechos en la Constitución Política del
Estado y específicamente los art. 98 y 99, además de los referidos a
educación superior y educación en general; pero el carácter de los
derechos culturales vistos desde esta perspectiva, revela una óptica
restringida, diría, precisamente por lo que estuvo en juego en la
Asamblea Constituyente. Solamente para hablar de los art, 98 y 99, donde
se hace mucha referencia al patrimonio, a las culturas, a las naciones y
pueblos; en realidad a veces se toma solamente como un asunto de las
naciones y pueblos en un sentido multiculturalista, antes que en una
propuesta que parte del mundo indígena, pero para lo común, es decir, de
un particular con pretensión universal de validez, para organizar el
conjunto de las relaciones entre Estado y sociedad civil, eso es lo que
se dio en el proceso constituyente, a diferencia de lo que acontecía
antes, incluso con determinadas marchas indígenas.
Por ejemplo la del 90 –más allá de que se visibilizó lo indígena de
tierras bajas y un conjunto de derechos culturales desde los pueblos
indígenas–, la lógica era la de la integración, era la política del
reconocimiento, era la política multiculturalista antes que otra cosa,
es decir se intentaba respetar los derechos del indígena, incluirle en
el Estado viejo, pero no tocar estructuras estatales. Esa es la
diferencia entre la marcha del 90 y la marcha por la Asamblea
Constituyente del 2002; porque la del 2002 genera una demanda de
transformación del Estado en su conjunto, no solamente de inclusión
indígena, por todas esas razones cualquier política cultural debe velar
–además de la protección de los derechos y la sola promoción–, por la
facilitación de estos derechos, o sea en el Estado antiguo primaba la
política cultural de la promoción, en el Estado Plurinacional esa
promoción, en realidad ,se transforma en facilitación, porque se trata
de reorganizar el conjunto de las relaciones, no promover algo
solamente.
ARO: Y qué papel cumple la cultura en esta reorganización de las
relaciones entre el Estado y la sociedad en el proceso constituyente.
AML: Yo creo que hay una memoria que da cuenta de una acumulación
histórica de luchas sociales que, en tanto también luchas culturales,
luchas por determinados valores, determinada cosmovisión, determinada
forma de hacer las cosas, determinada manera de pensar el Estado; viene
de diversos procesos. Lo que Bolivia vivió y tal vez América Latina en
su conjunto, durante la crisis del Estado Colonial de 1780 hasta 1830,
es algo que creo que se vuelve a repetir –como diría René Zavaleta¬ como
una suerte de segundo movimiento general de la época, ahora, con la
reorganización de nuestros estados de América Latina; eso no se
explicaría sin esta acumulación de fuerzas históricas, que son al mismo
tiempo acumulación de experiencias y por tanto de construcciones
culturales desde la subalternidad y desde lo indígena, desde las mujeres
que hablan, ya no de lo particular para lo particular, sino para
construir otras relaciones sociales.
ARO: En ese sentido la despatriarcalización sería una parte
integral de este proceso o es una suerte de anexo que no tiene un papel
central, ¿tú crees que si o que no?
AML: Hay varias interpretaciones al respecto, yo soy un firme
defensor que la despatriarcalización, es uno de los núcleos de la
construcción de la nueva estatalidad, es decir de la construcción del
Estado Plurinacional, así como el Estado Plurinacional se enfrenta al
Estado Burgués tradicional, confesional, colonial, se enfrenta al Estado
patriarcal; por tanto es algo que explica la propia existencia, o
debería explicar la propia existencia del Estado Plurinacional, la
despatriarcalización. O sea frente a la economía capitalista, economía
plural; frente a la estructura colonial del poder la descolonización;
frente al Estado confesional, el Estado laico; frente al Estado
patriarcal, la despatriarcalización. Creo que son pilares fundamentales
de la construcción del Estado plurinacional, teniendo en cuenta sin
embargo, que ya no se trata de promoción solamente de derechos, que ya
no se trata de generar sentido de inclusión, sino de transformación de
las relaciones, ese es el núcleo central también de la
despatriarcalización, la transformación de las relaciones sociales y de
los sentidos de dominación que tenían estas las relaciones sociales.
ARO: ¿Podrías redundar un poco sobre el tema de la descolonización en ese contexto que has mencionado?
AML: Ah sí, varios autores han hablado de un hecho que ya es algo
más que aparente, o sea obviamente que todo esto está en construcción
porque depende mucho de las relaciones de fuerza, eso no quiere decir
que las fuerzas que defienden la estructura colonial hayan desaparecido o
las que defienden las estructuras patriarcales hayan desaparecido, no.
Es por eso que frecuentemente vemos que cuando se habla de lo colonial
se reduce a un asunto indígena, o cuando se habla de
despatriarcalización se reduce a un asunto de las mujeres, cuando no es
así; la despatriarcalización no es un asunto de las mujeres pero sí es
parte de la acumulación de fuerzas y de luchas del movimiento de
mujeres; como planteamiento hacia el conjunto, con pretensión universal.
Lo mismo en el caso indígena, por tanto la colonialidad del poder,
según muchos autores, es paralela; por lo menos; a la modernidad, en
cuanto organización del poder, es decir no se podría entender modernidad
sin colonialidad del poder, es la otra cara de la modernidad, no
existiría modernidad sin colonialidad, por tanto son 2 caras de la misma
moneda.
ARO: Entonces en este sentido ¿el actual proyecto de construcción estatal trasciende a la modernidad?
AML: Trasciende a la modernidad, trasciende al Estado cívico
social, trasciende a la construcción de los estados modernos basados en
la idea de un Estado nación, porque la clave del proceso constituyente
está en la construcción de la nueva estatalidad, pero a partir de lo
nacional plural, no a partir de la victoria de un proyecto de nación
como perspectiva homogeneizadora respecto de otros, que fue la apuesta
liberal, igualar a todos los ciudadanos, ni la esperanza modernizante,
occidental, del proyecto de nación victorioso de la Revolución Federal
por ejemplo y lo mismo en el caso del proyecto nacionalista
revolucionario, ahí fue victorioso otro proyecto de construcción del
Estado nación. En el caso de la Independencia frente a la propuesta
indígena de construcción de una nueva estatalidad, reivindicado incluso
una república de indios, etc. Frente al proyecto de nación, de idea de
nación, de los guerrilleros de la Independencia, frente incluso a la
nueva construcción de la idea de nación que tenía la Constitución de
Cádiz de 1812, que en su reconocimiento de la ciudadanía era mucho más
bondadosa que la propia Constitución Francesa. En ese momento se da la
victoria de un proyecto de nación, que luego se emparenta con el ideal
francés, ¿no?, la revolución francesa, entonces continuamente hemos
tenido luchas por construir una idea de Estado nación, eso se rompe en
este nuevo movimiento general de la época, o por lo menos estamos en
eso, en una relación de fuerzas que tiende a romper esa lógica y pensar a
lo nacional desde una perspectiva plural.
ARO: A eso quería ir, la Constitución propone un diseño estatal
que, posteriormente se plasma en toda una serie de acciones, sobre todo
legislativas, de construcción de este nuevo diseño estatal. ¿Cómo
evaluarías el avance que se ha dado en estos últimos 4 años en la
construcción de una nueva estatalidad?
AML: Te voy a poner el ejemplo a partir de la
despatriarcalización, antes se luchaba por cuotas de género, ahora ya no
se lucha por cuotas de género, se lucha por el principio de la paridad,
es un concepto totalmente distinto, el concepto de las cuotas estaba
ligado a la incorporación de la mujer al viejo Estado, pero siempre en
condición subalterna, de reconocimiento de sus derechos pero desde lo
dominante, en cambio el concepto de paridad transforma ese juego de
relaciones, entonces hay un salto de género hacia despatriarcalización.
ARO: ¿Y en el campo de la cultura?
AML: Esto es propio del campo de la cultura, si es que entendemos
la cultura por un conjunto de acciones sociales que construyen
perspectivas políticas y a partir de esas acciones colectivas, operan la
memoria, la política de la memoria, la política del olvido y la
construcción de nuevos imaginarios políticos, es decir de relaciones, de
acuerdos y pactos, eso es propio de la cultura, si tenemos por concepto
de la cultura este ¿no?, de un conjunto de acciones sociales que
construyen identidades y también diferencias.
ARO: Se define que la Constitución boliviana es una constitución
que pone mucho énfasis en el tema de los derechos, qué relación hay
entre este énfasis en los derechos y lo que tradicionalmente se llamaba
la acción afirmativa, es decir un marco legal que priorice a ciertos
sujetos a ciertos colectivos de manera de poder favorecerlos, ¿existe en
la Constitución boliviana esta idea de la acción afirmativa y cómo?
AML: En todos los sentidos, porque la Constitución es una visión
de la organización de las propias relaciones sociales, pongo dos
ejemplos de esta lectura restringida de la construcción estatal, lo
indígena y los derechos de la mujer Desde la visión restringida, estos
derechos aparecen como meras acciones afirmativas o si se quiere,
algunos dicen discriminación positiva o políticas de acción afirmativa,
pero desde la perspectiva del proceso constituyente, no solamente
implica acción afirmativa para incluir, sino para modificar la relación,
nuevamente, es lo indígena, es lo femenino, que le habla al conjunto de
la sociedad y no solamente a lo indígena, a lo femenino. En todo caso
hay una combinación lógica en el juego de relaciones que es necesario
fortalecer, con políticas de acción afirmativa, esta modificación de las
relaciones sociales. Por eso viene el criterio de paridad o por eso
viene la interculturalidad, desde la propia comprensión, incluso de la
democracia ¿no? Por eso también hay acción afirmativa que niega la
visión multiculturalista previa. En el caso indígena, las políticas de
acción afirmativa, estaban pensadas siempre para considerar lo indígena
como minoritario, en el caso boliviano no es así, aunque políticamente
lo indígena antes se expresó como minoría de efecto estatal, usando esta
noción de Zavaleta a propósito del proletariado minero, que era una
minoría pero que actuaban como una mayoría de efecto estatal, lo que
sucede ahora es que estas “minorías” indígenas, minorías políticas
actúan como mayoría del efecto estatal.
ARO: Complicando un poco el análisis, señalando lo que tú dices,
se puede ver además desde un punto de vista desde las autonomías,
tenemos 4 niveles autonómicos lo cual hace un chenco bastante grande del
tema. Como evaluarías la construcción de estas nuevas relaciones
sociales y estatales, en los niveles departamentales y municipales, si
es que se puede hacer un análisis de una realidad tan diversa ¿no?
AML: El punto de partida es considerar que este Estado no es un
Estado autonómico, es un Estado Plurinacional, que tiene como uno de sus
ejes una organización territorial distinta y esta organización
territorial se basa en las autonomías, o sea no es un Estado que
funciona a partir de las autonomías, es un Estado que tiene a las
autonomías como parte de una nueva organización del Estado, una nueva
organización territorial. Obviamente en el caso de las autonomías hay
diversas correlaciones de fuerza que todavía no ceden, conservan la
experiencia de dominación previa, yo diría. Es decir por un lado hay una
comprensión conservadora –le llamo– de las autonomías y por otro lado
una comprensión revolucionaria de las autonomías; la visión conservadora
de las autonomías, es una visión que se liga con la descentralización
político administrativa y esto forma una tensión no superada en el
momento actual en términos institucionales; por ejemplo las asambleas
departamentales todavía funcionan como los viejos consejos
departamentales, los concejos municipales funcionan en muchos casos, no
en todos, –especialmente en las capitales departamentales– como los
viejos concejos municipales y no desde la perspectiva del autogobierno,
pero en otros casos ya han variado esas relaciones, por ejemplo, muchos
indígenas originarios campesinos, se han tomado el poder municipal y la
máxima autoridad ya no es el Concejo Municipal, es la organización
social, entonces ahí tu puedes ver esta otra vena de la construcción
autonómica que yo le llamo la comprensión revolucionaria de las
autonomías con base en el autogobierno.
ARO: Si, es importante el tema porque en la práctica, los asuntos
culturales, en el sentido tradicional –tal vez como tú dices
conservador–, simplemente han pasado de ser, digamos, objeto de un
ministerio a ser tuición, del ejecutivo departamental o del legislativo
departamental o municipal, ¿no?, entonces en la práctica simplemente hay
una transferencia de competencias pero no hay un nuevo funcionamiento
del tema, digamos de la comprensión, de lo cultural.
AML: En algunos casos, pero en otros no y eso es mucho más
visible en aquellos municipios que se han convertido en autonomías
indígenas o aquellos territorios que pretenden adoptar un autogobierno
indígena, nada más pongo el ejemplo de Raqaypampa, donde pese a todavía
no haber conformado formalmente un autogobierno indígena originario
campesino, ya funcionan como tal, bajo el diseño del Distrito indígena.
Ahora su autogobierno lanza políticas educativas, políticas de manejo
territorial, en relación a tierra-territorio, relación con los recursos
naturales, incluso ahora Raqaypampa, están empezando a aportar el
desayuno escolar al municipio al cual pertenecían, por así decirlo, esa
es la lógica del autogobierno también.
ARO: Si la construcción del nuevo Estado es todavía objeto de
disputas de posiciones conservadoras y revolucionarias, ¿cómo ves los
posibles escenarios, obviamente en torno al tema cultural, en torno al
tema de despatriarcalización?, ¿cuál es la agenda legislativa?, ¿cuales
los posibles temas prioritarios que se pueden desarrollar en estos dos
ámbitos?
AML: Todo depende del estado de la correlación de fuerzas, porque
la nueva institucionalidad, está haciéndose en el camino, todavía no se
ha terminado de construir, pero por extraño que parezca, hay lugares en
estas relaciones de fuerza, el Estado como relaciones de fuerza, donde
lo cultural puede emerger de manera novedosa y no solamente a partir de
su vena indígena, a partir de su vena femenina, a partir de la vena de
la subalternidad, sino que te marca sentidos culturales de dominio
territorial que antes no existían.
Pongo un ejemplo, en Cochabamba se ha aprobado la Ley Canata, (de la
región metropolitana); en el caso de la región metropolitana de
Cochabamba, estamos suponiendo que existe un espacio de planificación
porque, una cosa es la región como espacio de planificación y otra cosa
es la región como autonomía, que es lo que existe en el Gran Chaco en
Bolivia, sin embargo pese a que la región metropolitana de Cochabamba,
es un espacio de planificación y no de autonomía regional metropolitana,
permite combinar de distinta manera el gobierno local y el gobierno
departamental, bajo el principio de problemas comunes, soluciones
comunes. Esto puede tener inimaginables consecuencias de políticas
culturales e institucionales, nada más pienso en una, si es que no
existiría esta ley y la posibilidad de organizar la región metropolitana
bajo el concepto del buen gobierno, pero no el buen gobierno entendido
solamente como la elección de autoridades , sino del dominio
territorial, metropolitano en este caso, si es que concebimos las cosas
desde esta perspectiva podríamos estar ante la aparición de una nueva
forma institucional que exprese una construcción identitaria distinta de
Cochabamba como departamento, la vieja idea de la conformación de
Cochabamba como región ya no existe más porque las identidades
colectivas del trópico, del cono sur, de la zona andina, del valle alto,
han empezado a emerger de manera distinta y en el eje metropolitano
también emerge la necesidad de construir nuevos imaginarios y una
identidad metropolitana que institucionalmente se podría plasmar, nada
más pongo un ejemplo ahí, en la propuesta, yo estoy defendiendo esa
propuesta, pero viene de una larga discusión en Cochabamba, del centro
cultural metropolitano, convertir a la plaza principal en un lugar de
encuentro, de la identidad metropolitana, pero también departamental y
eso implica una modificación de la presencia del poder en la plaza, es
decir en el centro colonial del poder alto, ¿qué hace la Gobernación, el
Concejo Municipal, la Alcaldía, la Policía, en la plaza?, deberían
estar fuera y allí montar el museo de la Guerra del agua , auditorios de
Bartolina Sisa o de Alejo Calatayud, que hagan de ese espacio urbano un
lugar de encuentro distinto.
ARO: Eso implicaría, una modificación de esta concepción que
prioriza al Estado, en algunos casos, incluso sobre la misma sociedad
civil, es decir hay una tendencia en esta construcción estatal, de darle
demasiado poder al Estado ¿no?, en desmedro de lo que tú llamas, la
propia autonomía o autogobierno local. ¿Lo que planteas significaría una
nuevo planteamiento de relación entre la sociedad y Estado o no
necesariamente?
AML: Si, por dos razones: uno que la fuerte presencia de la
estatalidad es parte de la acumulación de fuerzas culturales y
políticas, bajo la comprensión del Estado ético, es decir es tal la
influencia de la sociedad civil sobre la propia institucionalidad
estatal que a veces se confunden las políticas institucionales del
estado, con las acciones propias de la sociedad civil y el Estado asume
ahí un protagonismo que es normal que en proceso de transformación
estatal, sin embargo esta figura no se podría completar si es que no
echamos mano a la otra vertiente que también nace de la misma
acumulación de fuerzas políticas y culturales, la movilización social,
si es que no existe una movilización social, para hablar del ejemplo,
sobre el centro cultural metropolitano, no bastarán las reformas que
haga la Gobernación o lo que haga el municipio del Cercado o la manera
en que se teja la región metropolitana desde la institucionalidad
estatal, el contenido de esta propuesta, –Centro Cultural Metropolitano–
solo es posible a partir de la movilización social de los actores,
culturales y con actores culturales no me refiero solamente a artistas o
a los sectores que clásicamente se llamaban cultural sino a las fuerzas
sociales.
ARO: Siguiendo la misma línea de razonamiento pero con referencia
al tema de derechos, de alguna manera la Constitución plantea que el
Estado debe tener una actitud más proactiva, de iniciativa, para que los
derechos humanos y entre ellos, los derechos culturales sean
efectivamente cumplidos, en contraste con la tradicional forma de ver
–liberal– de que se ocupe la sociedad, digamos, ¿no? Se trata de que el
Estado debe promover y hacer cumplir los derechos que están signados en
la Constitución. Puede darse una tensión entre este énfasis estatal, con
él, –también derecho reconocido– que es el autogobierno y la propia
diversidad, o sea si el Estado influye demasiado poderosamente en la
aplicación de los derechos culturales, podría poner en peligro, el tema
de la diversidad, de los actores, etc. ¿Tú crees que efectivamente puede
haber esta tensión, como se podría resolver esta contradicción o
aparente contradicción?
AML: No hay experiencia de construcción estatal en la historia de
la humanidad que deje de lado el papel de la institucionalidad, del
aparato estatal en la construcción de las nuevas relaciones, porque es
el Estado que también pone las reglas de juego y las leyes son parte de
esas reglas de juego, la clave de este asunto, sin embargo, es que eso
se transforme en voluntad colectiva, o sea se transforme en un nuevo
sentido común, se transforme ya no en un hecho particular, sino en un
hecho universal, ese es el gran logro del Estado moderno y siempre el
Estado tendió a promover ese tipo de vínculos, es decir, no es algo
nuevo desde esa perspectiva, sin embargo yo te lo pongo en clave
distinta, cuando se habla de la autonomía, desde la perspectiva del
autogobierno y por tanto de la libre determinación de los pueblos, a
veces recurrimos a un arsenal teórico que no es propio de la
construcción de la nueva estatalidad. Estoy recordando en este momento
la vieja discusión de Lenin y Rosa Luxemburgo, entre autonomía y
autodeterminación, eso se ha desdibujado porque la autonomía, es al
mismo tiempo, un sentido de autodeterminación de los pueblos, es decir
la autonomía no se reduce, –si bien para el Estado plurinacional tiene
sentido como parte de la organización territorial del Estado–, a los
niveles indígena, municipal, regional o departamental; más bien esta
nueva comprensión de las autonomías, implica una organización del
Estado, del territorio que ocupa en su conjunto.
Donde tiene fuerza esta otra clave, es hacia afuera; Bolivia asume,
desde la matriz indígena, el concepto de libre determinación de los
pueblos, es decir, la defensa de la soberanía ya no es la que era antes,
por eso se incluye la diplomacia de los pueblos. Porque estos sentidos
de autonomía y de autogobierno, hacia afuera, implicaría decir –momento–
no somos el patio trasero del Imperio; es decir, Bolivia como conjunto,
se expresa en un autogobierno como afirmación de la soberanía; eso es
parte también de la reflexión que debemos hacer sobre autonomía.
ARO: La idea de autodeterminación, tu mencionas que tiene una
base territorial; sin embargo pueden haber colectivos, sobre todo en
caso cultural, que quieran desarrollar su actividad al margen del
Estado, entonces, en este sentido, yo te planteo que si la normatividad
actual pone algún tipo de limitaciones a la actividad de estos grupos
autónomos que no necesariamente tienen referente territorial.
AML: No, porque la Constitución les protege, pero en todo caso
porque al mismo tiempo no se elimina la acción colectiva y menos en la
construcción de una nueva estatalidad; es como si de repente el proceso
constituyente no se hubiese cerrado y los discursos constituyen también a
los actores…
ARO: Yendo al tema de los actores, hemos hablado de las mujeres,
de los indígenas y de alguna manera –con el tema metropolitano¬ de las
ciudades; en ese sentido que otros sujetos culturales, o sujetos
sociales, están surgiendo, configurando o ya se han visibilizado, que
sea interesante mencionar en esta conversación. ¿Desde el punto cultural
que sujetos culturales o sociales nuevos, están surgiendo que merezcan
la atención de las políticas públicas o, en general, del Estado?
AML: Desde una perspectiva teórica clásica, está la emergencia de
una nueva clase media, por ejemplo; pero desde una perspectiva ampliada
y no tradicional, esto también tiene que ver con una nueva construcción
de ciudadanía y, por tanto, de un nuevo sujeto ciudadano, el ciudadano
ya no como sujeto de derechos simplemente, sino como identidad política.
La ciudadanía ya no como condición jurídica sino, como participación en
las decisiones del gobierno, a distintos niveles; para mí hay dos
buenos ejemplos, uno general, y uno especifico no?, tú lo puedes notar
en las áreas metropolitanas, es el nacimiento de las clases medias en
realidad entre comillas, pero, a nivel general, hay una ruptura y al
mismo tiempo continuidad, en la construcción de ciudadanía, los
ciudadanos no dejan de tener como base la defensa de sus derechos y la
ciudadanía no deja de ser una condición jurídica, pero ahora la
ciudadanía es algo más que defensa de derechos y de igualdad ante la
ley, es construcción de identidades políticas que piensan, de una
determinada manera, el gobierno de su ciudad, decían los antiguos ¿no?,
los griegos.
ARO: Para acabar, hablando de derechos culturales de una forma
genérica, ¿la Constitución y el proceso posterior como plantean la
relación entre estos derechos culturales y el resto de los derechos
humanos?, Por otro lado ¿qué concepción sobre la cultura está detrás de
la acción del Estado? Son dos preguntas ¿no?
AML: Ya, las uniré de todas maneras; en el contenido clásico del
Estado moderno, los derechos culturales son como una demanda de sectores
específicos que requieren protección; desde la perspectiva del Estado
plurinacional, aparece el concepto de interculturalidad y el concepto de
interculturalidad, no se refiere solamente a una relación equilibrada,
armónica, sino también a relaciones conflictivas, a relaciones de poder y
eso mismo se relata en el artículo 98 de la Constitución que habla de
los derechos culturales ¿no?, en el catálogo de derechos, de derechos de
las culturas dice: la diversidad cultural constituye la base esencial
del Estado plurinacional comunitario, la interculturalidad es el
instrumento para la cohesión, convivencia armónica y equilibrada entre
todos los pueblos y naciones, la interculturalidad tendrá lugar con
respeto a la diferencias en igualdad de condiciones , ah, además dice:
el Estado asumirá como fortaleza la existencia de las culturas indígenas
originarias campesinas, depositarias de saberes, conocimientos, valores
espirituales y cosmovisiones y será responsabilidad del Estado,
preservar, desarrollar, proteger y difundir las culturas existentes en
el país. Esto antes de entrar a la definición de patrimonio cultural en
la Constitución, entonces qué encontramos aquí en los derechos
culturales: lo mismo que en el caso de la ciudadanía, es decir, aceptar
lo común que nos une sin negar la legitimidad del derecho a la
diferencia, pero donde el derecho a la diferencia tampoco puede negar lo
común que nos une; entonces eso cambia la propia visión tradicional de
los derechos, de los derechos culturales, por eso es tan fuerte el
concepto de interculturalidad, que ya está mencionado en la
Constitución, pero que ahora se empieza a trabajar incluso en términos
de institucionalidad democrática, por tanto no se trata del melting pot,
no se trata de multiculturalismo, aunque esas tendencias también están
presentes, se trata de la posibilidad de generar políticas que,
transformando las relaciones de poder, encuentren un nuevo equilibrio
entre lo común y la legitimidad del derecho a las diferencias. Entonces
las culturas no se reducen a identidades cerradas, es decir, ya no es la
vieja óptica donde el derecho de un grupo atañe solamente a un grupo,
en este caso el derecho indígena está planteado, por ejemplo, para el
conjunto, como valor, como cosmovisión.
ARO: Una cosa más, ¿no crees que como está planteado ese artículo
pone demasiado énfasis en la cultura como algo dado y no en la cultura
como algo que se construye y que se va transformando inevitablemente?
AML: Si y no, pone énfasis en la cultura como algo dado, cuando
hace referencia a la existencia de las culturas indígenas originarias
campesinas, pero pone énfasis en la construcción de la
interculturalidad, cuando se señala que este es un instrumento para una
nueva cohesión, entonces hay la vena anterior y también esta otra que
está diseñada para la transformación de las relaciones de dominación,
sin embargo eso no quiere decir que no exista una tensión, porque
finalmente la interculturalidad es conflicto, también; y eso no quiere
decir que venzan necesariamente los discursos que construyen ahora otros
sujetos que no tengan una matriz conservadora, puede lo conservador
también vencer, porque estamos en un momento de construcción
institucional de nuevas relaciones.
ARO: Muchas gracias.
AML: A ti.
Fuente: Dirección de Culturas e Interculturalidad de la Gobernación de Cochabamba