Entrevista a Adolfo Mendoza sobre derechos culturales, despatriarcalización, inclusión y Constitución
http://adolfomendozaleigue.blogspot.com/2015/02/entrevista-adolfo-mendoza-sobre.htmlÁlvaro Rivero Ostoic (ARO): La entrevista va a tener como telón de fondo, digamos, esta idea de que los derechos culturales deben ser promocionados, también quiero indagar un poco del tema de despatriarcalización, ¿cómo se puede impulsar el proceso de despatriarcalización? Finalmente como se puede incluir a las poblaciones vulnerables para que puedan ejercer sus derechos culturales de manera apropiada, digamos ¿no?, entonces esa es la idea. Comenzaríamos con una cuestión general, una gran parte del tema de derechos en Bolivia, se ha concretizado –si vale el término– a partir de la aprobación de la Constitución, sin embargo previamente a la aprobación de la Constitución hay una historia previa ¿no? Es un resultado y punto de partida de un proceso anterior. Entonces quisiera que nos puedas conversar las características del proceso político previo que ha llevado a, primero, a la instalación de la demanda de Asamblea Constituyente, el proceso constituyente propiamente dicho y el resultado, o sea la Constitución, ¿qué características tuvo este proceso político que culminó en la aprobación de la Constitución por el pueblo boliviano?
Adolfo Mendoza Leigue (AML): Ya, lo primero que hay que señalar es que a veces se cree que los derechos culturales se reducen nada más a una parte del catálogo de derechos en la Constitución Política del Estado y específicamente los art. 98 y 99, además de los referidos a educación superior y educación en general; pero el carácter de los derechos culturales vistos desde esta perspectiva, revela una óptica restringida, diría, precisamente por lo que estuvo en juego en la Asamblea Constituyente. Solamente para hablar de los art, 98 y 99, donde se hace mucha referencia al patrimonio, a las culturas, a las naciones y pueblos; en realidad a veces se toma solamente como un asunto de las naciones y pueblos en un sentido multiculturalista, antes que en una propuesta que parte del mundo indígena, pero para lo común, es decir, de un particular con pretensión universal de validez, para organizar el conjunto de las relaciones entre Estado y sociedad civil, eso es lo que se dio en el proceso constituyente, a diferencia de lo que acontecía antes, incluso con determinadas marchas indígenas.
Por ejemplo la del 90 –más allá de que se visibilizó lo indígena de tierras bajas y un conjunto de derechos culturales desde los pueblos indígenas–, la lógica era la de la integración, era la política del reconocimiento, era la política multiculturalista antes que otra cosa, es decir se intentaba respetar los derechos del indígena, incluirle en el Estado viejo, pero no tocar estructuras estatales. Esa es la diferencia entre la marcha del 90 y la marcha por la Asamblea Constituyente del 2002; porque la del 2002 genera una demanda de transformación del Estado en su conjunto, no solamente de inclusión indígena, por todas esas razones cualquier política cultural debe velar –además de la protección de los derechos y la sola promoción–, por la facilitación de estos derechos, o sea en el Estado antiguo primaba la política cultural de la promoción, en el Estado Plurinacional esa promoción, en realidad ,se transforma en facilitación, porque se trata de reorganizar el conjunto de las relaciones, no promover algo solamente.
ARO: Y qué papel cumple la cultura en esta reorganización de las relaciones entre el Estado y la sociedad en el proceso constituyente.
AML: Yo creo que hay una memoria que da cuenta de una acumulación histórica de luchas sociales que, en tanto también luchas culturales, luchas por determinados valores, determinada cosmovisión, determinada forma de hacer las cosas, determinada manera de pensar el Estado; viene de diversos procesos. Lo que Bolivia vivió y tal vez América Latina en su conjunto, durante la crisis del Estado Colonial de 1780 hasta 1830, es algo que creo que se vuelve a repetir –como diría René Zavaleta¬ como una suerte de segundo movimiento general de la época, ahora, con la reorganización de nuestros estados de América Latina; eso no se explicaría sin esta acumulación de fuerzas históricas, que son al mismo tiempo acumulación de experiencias y por tanto de construcciones culturales desde la subalternidad y desde lo indígena, desde las mujeres que hablan, ya no de lo particular para lo particular, sino para construir otras relaciones sociales.
ARO: En ese sentido la despatriarcalización sería una parte integral de este proceso o es una suerte de anexo que no tiene un papel central, ¿tú crees que si o que no?
AML: Hay varias interpretaciones al respecto, yo soy un firme defensor que la despatriarcalización, es uno de los núcleos de la construcción de la nueva estatalidad, es decir de la construcción del Estado Plurinacional, así como el Estado Plurinacional se enfrenta al Estado Burgués tradicional, confesional, colonial, se enfrenta al Estado patriarcal; por tanto es algo que explica la propia existencia, o debería explicar la propia existencia del Estado Plurinacional, la despatriarcalización. O sea frente a la economía capitalista, economía plural; frente a la estructura colonial del poder la descolonización; frente al Estado confesional, el Estado laico; frente al Estado patriarcal, la despatriarcalización. Creo que son pilares fundamentales de la construcción del Estado plurinacional, teniendo en cuenta sin embargo, que ya no se trata de promoción solamente de derechos, que ya no se trata de generar sentido de inclusión, sino de transformación de las relaciones, ese es el núcleo central también de la despatriarcalización, la transformación de las relaciones sociales y de los sentidos de dominación que tenían estas las relaciones sociales.
ARO: ¿Podrías redundar un poco sobre el tema de la descolonización en ese contexto que has mencionado?
AML: Ah sí, varios autores han hablado de un hecho que ya es algo más que aparente, o sea obviamente que todo esto está en construcción porque depende mucho de las relaciones de fuerza, eso no quiere decir que las fuerzas que defienden la estructura colonial hayan desaparecido o las que defienden las estructuras patriarcales hayan desaparecido, no. Es por eso que frecuentemente vemos que cuando se habla de lo colonial se reduce a un asunto indígena, o cuando se habla de despatriarcalización se reduce a un asunto de las mujeres, cuando no es así; la despatriarcalización no es un asunto de las mujeres pero sí es parte de la acumulación de fuerzas y de luchas del movimiento de mujeres; como planteamiento hacia el conjunto, con pretensión universal. Lo mismo en el caso indígena, por tanto la colonialidad del poder, según muchos autores, es paralela; por lo menos; a la modernidad, en cuanto organización del poder, es decir no se podría entender modernidad sin colonialidad del poder, es la otra cara de la modernidad, no existiría modernidad sin colonialidad, por tanto son 2 caras de la misma moneda.
ARO: Entonces en este sentido ¿el actual proyecto de construcción estatal trasciende a la modernidad?
AML: Trasciende a la modernidad, trasciende al Estado cívico social, trasciende a la construcción de los estados modernos basados en la idea de un Estado nación, porque la clave del proceso constituyente está en la construcción de la nueva estatalidad, pero a partir de lo nacional plural, no a partir de la victoria de un proyecto de nación como perspectiva homogeneizadora respecto de otros, que fue la apuesta liberal, igualar a todos los ciudadanos, ni la esperanza modernizante, occidental, del proyecto de nación victorioso de la Revolución Federal por ejemplo y lo mismo en el caso del proyecto nacionalista revolucionario, ahí fue victorioso otro proyecto de construcción del Estado nación. En el caso de la Independencia frente a la propuesta indígena de construcción de una nueva estatalidad, reivindicado incluso una república de indios, etc. Frente al proyecto de nación, de idea de nación, de los guerrilleros de la Independencia, frente incluso a la nueva construcción de la idea de nación que tenía la Constitución de Cádiz de 1812, que en su reconocimiento de la ciudadanía era mucho más bondadosa que la propia Constitución Francesa. En ese momento se da la victoria de un proyecto de nación, que luego se emparenta con el ideal francés, ¿no?, la revolución francesa, entonces continuamente hemos tenido luchas por construir una idea de Estado nación, eso se rompe en este nuevo movimiento general de la época, o por lo menos estamos en eso, en una relación de fuerzas que tiende a romper esa lógica y pensar a lo nacional desde una perspectiva plural.
ARO: A eso quería ir, la Constitución propone un diseño estatal que, posteriormente se plasma en toda una serie de acciones, sobre todo legislativas, de construcción de este nuevo diseño estatal. ¿Cómo evaluarías el avance que se ha dado en estos últimos 4 años en la construcción de una nueva estatalidad?
AML: Te voy a poner el ejemplo a partir de la despatriarcalización, antes se luchaba por cuotas de género, ahora ya no se lucha por cuotas de género, se lucha por el principio de la paridad, es un concepto totalmente distinto, el concepto de las cuotas estaba ligado a la incorporación de la mujer al viejo Estado, pero siempre en condición subalterna, de reconocimiento de sus derechos pero desde lo dominante, en cambio el concepto de paridad transforma ese juego de relaciones, entonces hay un salto de género hacia despatriarcalización.
ARO: ¿Y en el campo de la cultura?
AML: Esto es propio del campo de la cultura, si es que entendemos la cultura por un conjunto de acciones sociales que construyen perspectivas políticas y a partir de esas acciones colectivas, operan la memoria, la política de la memoria, la política del olvido y la construcción de nuevos imaginarios políticos, es decir de relaciones, de acuerdos y pactos, eso es propio de la cultura, si tenemos por concepto de la cultura este ¿no?, de un conjunto de acciones sociales que construyen identidades y también diferencias.
ARO: Se define que la Constitución boliviana es una constitución que pone mucho énfasis en el tema de los derechos, qué relación hay entre este énfasis en los derechos y lo que tradicionalmente se llamaba la acción afirmativa, es decir un marco legal que priorice a ciertos sujetos a ciertos colectivos de manera de poder favorecerlos, ¿existe en la Constitución boliviana esta idea de la acción afirmativa y cómo?
AML: En todos los sentidos, porque la Constitución es una visión de la organización de las propias relaciones sociales, pongo dos ejemplos de esta lectura restringida de la construcción estatal, lo indígena y los derechos de la mujer Desde la visión restringida, estos derechos aparecen como meras acciones afirmativas o si se quiere, algunos dicen discriminación positiva o políticas de acción afirmativa, pero desde la perspectiva del proceso constituyente, no solamente implica acción afirmativa para incluir, sino para modificar la relación, nuevamente, es lo indígena, es lo femenino, que le habla al conjunto de la sociedad y no solamente a lo indígena, a lo femenino. En todo caso hay una combinación lógica en el juego de relaciones que es necesario fortalecer, con políticas de acción afirmativa, esta modificación de las relaciones sociales. Por eso viene el criterio de paridad o por eso viene la interculturalidad, desde la propia comprensión, incluso de la democracia ¿no? Por eso también hay acción afirmativa que niega la visión multiculturalista previa. En el caso indígena, las políticas de acción afirmativa, estaban pensadas siempre para considerar lo indígena como minoritario, en el caso boliviano no es así, aunque políticamente lo indígena antes se expresó como minoría de efecto estatal, usando esta noción de Zavaleta a propósito del proletariado minero, que era una minoría pero que actuaban como una mayoría de efecto estatal, lo que sucede ahora es que estas “minorías” indígenas, minorías políticas actúan como mayoría del efecto estatal.
ARO: Complicando un poco el análisis, señalando lo que tú dices, se puede ver además desde un punto de vista desde las autonomías, tenemos 4 niveles autonómicos lo cual hace un chenco bastante grande del tema. Como evaluarías la construcción de estas nuevas relaciones sociales y estatales, en los niveles departamentales y municipales, si es que se puede hacer un análisis de una realidad tan diversa ¿no?
AML: El punto de partida es considerar que este Estado no es un Estado autonómico, es un Estado Plurinacional, que tiene como uno de sus ejes una organización territorial distinta y esta organización territorial se basa en las autonomías, o sea no es un Estado que funciona a partir de las autonomías, es un Estado que tiene a las autonomías como parte de una nueva organización del Estado, una nueva organización territorial. Obviamente en el caso de las autonomías hay diversas correlaciones de fuerza que todavía no ceden, conservan la experiencia de dominación previa, yo diría. Es decir por un lado hay una comprensión conservadora –le llamo– de las autonomías y por otro lado una comprensión revolucionaria de las autonomías; la visión conservadora de las autonomías, es una visión que se liga con la descentralización político administrativa y esto forma una tensión no superada en el momento actual en términos institucionales; por ejemplo las asambleas departamentales todavía funcionan como los viejos consejos departamentales, los concejos municipales funcionan en muchos casos, no en todos, –especialmente en las capitales departamentales– como los viejos concejos municipales y no desde la perspectiva del autogobierno, pero en otros casos ya han variado esas relaciones, por ejemplo, muchos indígenas originarios campesinos, se han tomado el poder municipal y la máxima autoridad ya no es el Concejo Municipal, es la organización social, entonces ahí tu puedes ver esta otra vena de la construcción autonómica que yo le llamo la comprensión revolucionaria de las autonomías con base en el autogobierno.
ARO: Si, es importante el tema porque en la práctica, los asuntos culturales, en el sentido tradicional –tal vez como tú dices conservador–, simplemente han pasado de ser, digamos, objeto de un ministerio a ser tuición, del ejecutivo departamental o del legislativo departamental o municipal, ¿no?, entonces en la práctica simplemente hay una transferencia de competencias pero no hay un nuevo funcionamiento del tema, digamos de la comprensión, de lo cultural.
AML: En algunos casos, pero en otros no y eso es mucho más visible en aquellos municipios que se han convertido en autonomías indígenas o aquellos territorios que pretenden adoptar un autogobierno indígena, nada más pongo el ejemplo de Raqaypampa, donde pese a todavía no haber conformado formalmente un autogobierno indígena originario campesino, ya funcionan como tal, bajo el diseño del Distrito indígena. Ahora su autogobierno lanza políticas educativas, políticas de manejo territorial, en relación a tierra-territorio, relación con los recursos naturales, incluso ahora Raqaypampa, están empezando a aportar el desayuno escolar al municipio al cual pertenecían, por así decirlo, esa es la lógica del autogobierno también.
ARO: Si la construcción del nuevo Estado es todavía objeto de disputas de posiciones conservadoras y revolucionarias, ¿cómo ves los posibles escenarios, obviamente en torno al tema cultural, en torno al tema de despatriarcalización?, ¿cuál es la agenda legislativa?, ¿cuales los posibles temas prioritarios que se pueden desarrollar en estos dos ámbitos?
AML: Todo depende del estado de la correlación de fuerzas, porque la nueva institucionalidad, está haciéndose en el camino, todavía no se ha terminado de construir, pero por extraño que parezca, hay lugares en estas relaciones de fuerza, el Estado como relaciones de fuerza, donde lo cultural puede emerger de manera novedosa y no solamente a partir de su vena indígena, a partir de su vena femenina, a partir de la vena de la subalternidad, sino que te marca sentidos culturales de dominio territorial que antes no existían.
Pongo un ejemplo, en Cochabamba se ha aprobado la Ley Canata, (de la región metropolitana); en el caso de la región metropolitana de Cochabamba, estamos suponiendo que existe un espacio de planificación porque, una cosa es la región como espacio de planificación y otra cosa es la región como autonomía, que es lo que existe en el Gran Chaco en Bolivia, sin embargo pese a que la región metropolitana de Cochabamba, es un espacio de planificación y no de autonomía regional metropolitana, permite combinar de distinta manera el gobierno local y el gobierno departamental, bajo el principio de problemas comunes, soluciones comunes. Esto puede tener inimaginables consecuencias de políticas culturales e institucionales, nada más pienso en una, si es que no existiría esta ley y la posibilidad de organizar la región metropolitana bajo el concepto del buen gobierno, pero no el buen gobierno entendido solamente como la elección de autoridades , sino del dominio territorial, metropolitano en este caso, si es que concebimos las cosas desde esta perspectiva podríamos estar ante la aparición de una nueva forma institucional que exprese una construcción identitaria distinta de Cochabamba como departamento, la vieja idea de la conformación de Cochabamba como región ya no existe más porque las identidades colectivas del trópico, del cono sur, de la zona andina, del valle alto, han empezado a emerger de manera distinta y en el eje metropolitano también emerge la necesidad de construir nuevos imaginarios y una identidad metropolitana que institucionalmente se podría plasmar, nada más pongo un ejemplo ahí, en la propuesta, yo estoy defendiendo esa propuesta, pero viene de una larga discusión en Cochabamba, del centro cultural metropolitano, convertir a la plaza principal en un lugar de encuentro, de la identidad metropolitana, pero también departamental y eso implica una modificación de la presencia del poder en la plaza, es decir en el centro colonial del poder alto, ¿qué hace la Gobernación, el Concejo Municipal, la Alcaldía, la Policía, en la plaza?, deberían estar fuera y allí montar el museo de la Guerra del agua , auditorios de Bartolina Sisa o de Alejo Calatayud, que hagan de ese espacio urbano un lugar de encuentro distinto.
ARO: Eso implicaría, una modificación de esta concepción que prioriza al Estado, en algunos casos, incluso sobre la misma sociedad civil, es decir hay una tendencia en esta construcción estatal, de darle demasiado poder al Estado ¿no?, en desmedro de lo que tú llamas, la propia autonomía o autogobierno local. ¿Lo que planteas significaría una nuevo planteamiento de relación entre la sociedad y Estado o no necesariamente?
AML: Si, por dos razones: uno que la fuerte presencia de la estatalidad es parte de la acumulación de fuerzas culturales y políticas, bajo la comprensión del Estado ético, es decir es tal la influencia de la sociedad civil sobre la propia institucionalidad estatal que a veces se confunden las políticas institucionales del estado, con las acciones propias de la sociedad civil y el Estado asume ahí un protagonismo que es normal que en proceso de transformación estatal, sin embargo esta figura no se podría completar si es que no echamos mano a la otra vertiente que también nace de la misma acumulación de fuerzas políticas y culturales, la movilización social, si es que no existe una movilización social, para hablar del ejemplo, sobre el centro cultural metropolitano, no bastarán las reformas que haga la Gobernación o lo que haga el municipio del Cercado o la manera en que se teja la región metropolitana desde la institucionalidad estatal, el contenido de esta propuesta, –Centro Cultural Metropolitano– solo es posible a partir de la movilización social de los actores, culturales y con actores culturales no me refiero solamente a artistas o a los sectores que clásicamente se llamaban cultural sino a las fuerzas sociales.
ARO: Siguiendo la misma línea de razonamiento pero con referencia al tema de derechos, de alguna manera la Constitución plantea que el Estado debe tener una actitud más proactiva, de iniciativa, para que los derechos humanos y entre ellos, los derechos culturales sean efectivamente cumplidos, en contraste con la tradicional forma de ver –liberal– de que se ocupe la sociedad, digamos, ¿no? Se trata de que el Estado debe promover y hacer cumplir los derechos que están signados en la Constitución. Puede darse una tensión entre este énfasis estatal, con él, –también derecho reconocido– que es el autogobierno y la propia diversidad, o sea si el Estado influye demasiado poderosamente en la aplicación de los derechos culturales, podría poner en peligro, el tema de la diversidad, de los actores, etc. ¿Tú crees que efectivamente puede haber esta tensión, como se podría resolver esta contradicción o aparente contradicción?
AML: No hay experiencia de construcción estatal en la historia de la humanidad que deje de lado el papel de la institucionalidad, del aparato estatal en la construcción de las nuevas relaciones, porque es el Estado que también pone las reglas de juego y las leyes son parte de esas reglas de juego, la clave de este asunto, sin embargo, es que eso se transforme en voluntad colectiva, o sea se transforme en un nuevo sentido común, se transforme ya no en un hecho particular, sino en un hecho universal, ese es el gran logro del Estado moderno y siempre el Estado tendió a promover ese tipo de vínculos, es decir, no es algo nuevo desde esa perspectiva, sin embargo yo te lo pongo en clave distinta, cuando se habla de la autonomía, desde la perspectiva del autogobierno y por tanto de la libre determinación de los pueblos, a veces recurrimos a un arsenal teórico que no es propio de la construcción de la nueva estatalidad. Estoy recordando en este momento la vieja discusión de Lenin y Rosa Luxemburgo, entre autonomía y autodeterminación, eso se ha desdibujado porque la autonomía, es al mismo tiempo, un sentido de autodeterminación de los pueblos, es decir la autonomía no se reduce, –si bien para el Estado plurinacional tiene sentido como parte de la organización territorial del Estado–, a los niveles indígena, municipal, regional o departamental; más bien esta nueva comprensión de las autonomías, implica una organización del Estado, del territorio que ocupa en su conjunto.
Donde tiene fuerza esta otra clave, es hacia afuera; Bolivia asume, desde la matriz indígena, el concepto de libre determinación de los pueblos, es decir, la defensa de la soberanía ya no es la que era antes, por eso se incluye la diplomacia de los pueblos. Porque estos sentidos de autonomía y de autogobierno, hacia afuera, implicaría decir –momento– no somos el patio trasero del Imperio; es decir, Bolivia como conjunto, se expresa en un autogobierno como afirmación de la soberanía; eso es parte también de la reflexión que debemos hacer sobre autonomía.
ARO: La idea de autodeterminación, tu mencionas que tiene una base territorial; sin embargo pueden haber colectivos, sobre todo en caso cultural, que quieran desarrollar su actividad al margen del Estado, entonces, en este sentido, yo te planteo que si la normatividad actual pone algún tipo de limitaciones a la actividad de estos grupos autónomos que no necesariamente tienen referente territorial.
AML: No, porque la Constitución les protege, pero en todo caso porque al mismo tiempo no se elimina la acción colectiva y menos en la construcción de una nueva estatalidad; es como si de repente el proceso constituyente no se hubiese cerrado y los discursos constituyen también a los actores…
ARO: Yendo al tema de los actores, hemos hablado de las mujeres, de los indígenas y de alguna manera –con el tema metropolitano¬ de las ciudades; en ese sentido que otros sujetos culturales, o sujetos sociales, están surgiendo, configurando o ya se han visibilizado, que sea interesante mencionar en esta conversación. ¿Desde el punto cultural que sujetos culturales o sociales nuevos, están surgiendo que merezcan la atención de las políticas públicas o, en general, del Estado?
AML: Desde una perspectiva teórica clásica, está la emergencia de una nueva clase media, por ejemplo; pero desde una perspectiva ampliada y no tradicional, esto también tiene que ver con una nueva construcción de ciudadanía y, por tanto, de un nuevo sujeto ciudadano, el ciudadano ya no como sujeto de derechos simplemente, sino como identidad política. La ciudadanía ya no como condición jurídica sino, como participación en las decisiones del gobierno, a distintos niveles; para mí hay dos buenos ejemplos, uno general, y uno especifico no?, tú lo puedes notar en las áreas metropolitanas, es el nacimiento de las clases medias en realidad entre comillas, pero, a nivel general, hay una ruptura y al mismo tiempo continuidad, en la construcción de ciudadanía, los ciudadanos no dejan de tener como base la defensa de sus derechos y la ciudadanía no deja de ser una condición jurídica, pero ahora la ciudadanía es algo más que defensa de derechos y de igualdad ante la ley, es construcción de identidades políticas que piensan, de una determinada manera, el gobierno de su ciudad, decían los antiguos ¿no?, los griegos.
ARO: Para acabar, hablando de derechos culturales de una forma genérica, ¿la Constitución y el proceso posterior como plantean la relación entre estos derechos culturales y el resto de los derechos humanos?, Por otro lado ¿qué concepción sobre la cultura está detrás de la acción del Estado? Son dos preguntas ¿no?
AML: Ya, las uniré de todas maneras; en el contenido clásico del Estado moderno, los derechos culturales son como una demanda de sectores específicos que requieren protección; desde la perspectiva del Estado plurinacional, aparece el concepto de interculturalidad y el concepto de interculturalidad, no se refiere solamente a una relación equilibrada, armónica, sino también a relaciones conflictivas, a relaciones de poder y eso mismo se relata en el artículo 98 de la Constitución que habla de los derechos culturales ¿no?, en el catálogo de derechos, de derechos de las culturas dice: la diversidad cultural constituye la base esencial del Estado plurinacional comunitario, la interculturalidad es el instrumento para la cohesión, convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos y naciones, la interculturalidad tendrá lugar con respeto a la diferencias en igualdad de condiciones , ah, además dice: el Estado asumirá como fortaleza la existencia de las culturas indígenas originarias campesinas, depositarias de saberes, conocimientos, valores espirituales y cosmovisiones y será responsabilidad del Estado, preservar, desarrollar, proteger y difundir las culturas existentes en el país. Esto antes de entrar a la definición de patrimonio cultural en la Constitución, entonces qué encontramos aquí en los derechos culturales: lo mismo que en el caso de la ciudadanía, es decir, aceptar lo común que nos une sin negar la legitimidad del derecho a la diferencia, pero donde el derecho a la diferencia tampoco puede negar lo común que nos une; entonces eso cambia la propia visión tradicional de los derechos, de los derechos culturales, por eso es tan fuerte el concepto de interculturalidad, que ya está mencionado en la Constitución, pero que ahora se empieza a trabajar incluso en términos de institucionalidad democrática, por tanto no se trata del melting pot, no se trata de multiculturalismo, aunque esas tendencias también están presentes, se trata de la posibilidad de generar políticas que, transformando las relaciones de poder, encuentren un nuevo equilibrio entre lo común y la legitimidad del derecho a las diferencias. Entonces las culturas no se reducen a identidades cerradas, es decir, ya no es la vieja óptica donde el derecho de un grupo atañe solamente a un grupo, en este caso el derecho indígena está planteado, por ejemplo, para el conjunto, como valor, como cosmovisión.
ARO: Una cosa más, ¿no crees que como está planteado ese artículo pone demasiado énfasis en la cultura como algo dado y no en la cultura como algo que se construye y que se va transformando inevitablemente?
AML: Si y no, pone énfasis en la cultura como algo dado, cuando hace referencia a la existencia de las culturas indígenas originarias campesinas, pero pone énfasis en la construcción de la interculturalidad, cuando se señala que este es un instrumento para una nueva cohesión, entonces hay la vena anterior y también esta otra que está diseñada para la transformación de las relaciones de dominación, sin embargo eso no quiere decir que no exista una tensión, porque finalmente la interculturalidad es conflicto, también; y eso no quiere decir que venzan necesariamente los discursos que construyen ahora otros sujetos que no tengan una matriz conservadora, puede lo conservador también vencer, porque estamos en un momento de construcción institucional de nuevas relaciones.
ARO: Muchas gracias.
AML: A ti.
Fuente: Dirección de Culturas e Interculturalidad de la Gobernación de Cochabamba