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jueves, 23 de julio de 2015

Bolivia regulará la compra y venta de productos en internet para evitar estafas


Página Siete.- El Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor (VDDUC) trabaja en una reglamentación para regular la compra y venta de productos y servicios mediante internet y las redes sociales.
 
La finalidad es evitar que los consumidores sean víctimas de estafa. Se prevé que esta norma  estará lista en septiembre.
 
“En las redes sociales, un ciudadano acepta ingresar a estas ofertas, hay una responsabilidad del ciudadano, eso también vamos a establecer y vamos a regular”, afirmó el viceministro de VDDUC, Dante Justiniano.
 
La autoridad precisó que circulan páginas web que ofertan productos y servicios, pero no tienen un representante legal ni dirección. La reglamentación exigirá que  haya una persona registrada o acreditada en las instancia correspondientes para que opere legalmente.
 
También se controlarán las ofertas a través de la aplicación WhatsApp y de la red social  Facebook.
 
Para Justiniano, es posible identificar al ofertante a través de WhatsApp porque la aplicación exige  un administrador de  grupo. Mientras que en Facebook los datos no siempre son reales e implica una responsabilidad compartida, porque una persona necesariamente acepta “la solicitud de amistad” y la propuesta.
 
“No puede ser que un ciudadano piense que por la tecnología está siendo atendido con calidad y seguridad, es todo lo contrario. No hay una persona física ni dirección donde se pueda reclamar. No podemos permitir que sean estafados, porque luego de pagar nunca  llega a sus manos el producto”, afirmó Justiniamo.
 
La reglamentación será coordinada con   la Autoridad de Regulación y Fiscalización en Telecomunicaciones  y Transporte (ATT)  y varios ministerios.
 
En Bolivia hay más de una docena de negocios virtuales. Los emprendimientos son: boliviaentusmanos.com, tibo.bo, casasmap.com, quierescomprar.com, hidrocarburosbolivia.com, amarillas.bo, tumomo.com, comprasenred.com y el  Barrio Chino La Paz Bolivia, las que funcionan a través de un grupo de Facebook.
 
Ofrecen casas,  celulares, computadoras, ropa y variados productos. Las cuentas personales de la red social  generalmente son empleadas para ofrecer productos cosméticos, ropa, zapatos.
 
Justiniano anunció  que su viceministerio trabaja en una docena de reglamentos que estarán listos hasta diciembre. Se regulará  la oferta de servicios de mecánica automotriz, carpintería, el uso de parqueos, eléctricos y electrónicos y la prohibición del uso de bolsas plásticas en los supermercados para la entrega de productos.

El objetivo es la defensa de los derechos del consumidor.

Los  operativos

Reclamos 
Según datos del VDDUC, de enero a junio de 2015 se registraron 777 reclamos, de los cuales el 95% se resolvió por la vía de la conciliación. Los más comunes son por precios elevados de los alimentos. Los departamentos de La Paz y Cochabamba registran más reclamos, mientras que en El Alto la cifra es menor.
 
Parqueos
El viceministerio pretende brindar mayores garantías y servicios a los propietarios de vehículos que usan los parqueos. Hay quejas de los tiempos, del costo, de los espacios y de los daños que sufren durante su permanencia.  
 
Capacitaciones 
Realizarán capacitaciones en peluquerías y oferta de productos en colegios a vendedores de línea blanca y negra y otros.

Tomado de: http://www.consuladodebolivia.com.ar/

lunes, 27 de abril de 2015

El Gobierno aprueba 4 medidas para proteger a quienes reclamen por servicios de electricidad e hidrocarburos

El Gobierno aprobó el reglamento para que los usuarios puedan hacer quejas por deficiencia de servicios en el sector de hidrocarburos y electricidad. La atención de las quejas no estará, por ejemplo, condicionado al pago previo del monto facturado y reclamado

La Razón Digital / Carlos Corz / La Paz - 15:48 / 27 de abril de 2015
 
El Gobierno aprobó el reglamento para que los usuarios puedan hacer quejas por deficiencia de servicios en el sector de hidrocarburos y electricidad. La atención de las quejas no estará, por ejemplo, condicionado al pago previo del monto facturado y reclamado

Los que reclamen por deficiencias en servicios del sector hidrocarburos o electricidad cuentan con cuatro medidas de protección, entre ellos, que no estará condicionado a la atención del  reclamo el pago previo del monto facturado y reclamado. Además fueron establecidas dos fases para el reclamo, una Directa y otra Administrativa, como una instancia de Recurso de Revisión.

Esos elementos del procedimiento para los reclamos de usuarios están inscritos en el Reglamento Específico de la ley Nro 453 de los Derechos de las Usuarias y los usuarios y de las consumidoras y los consumidores para, en este caso, el sector de Hidrocarburos y Electricidad, aprobado mediante decreto 2337 del 22 de abril.

La disposición alcanza al Ministerio de Hidrocarburos y Energía, a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Electricidad, a los Operadores de los Servicios Públicos de hidrocarburos y electricidad, las usuarias y los usuarios y las consumidoras y los consumidores del sector de hidrocarburos y electricidad.

Los contratantes de esos servicios tienen el derecho a reclamar por deficiencia en la prestación del servicio, a la reposición que corresponda por deficiencias y a recibir los servicios en los términos, plazos, condiciones y modalidad ofertados.

El artículo 7 del Reglamento establece cuatro medidas de protección al usuario que reclama. Los contratos de prestación de servicios deberán ser aprobados por el Ente Regulación, y “el operador no condicionará en ningún caso, la atención de los reclamos formulados al pago precio del monto facturado y reclamo…”.

Una vez presenta la queja, la factura correspondiente al mes observado gozará de suspensión en su cobro y no podrá ser computada para corte de servicio por facturas acumuladas impagas hasta tanto sea resuelto. Además, el procedimiento de reclamo Directo, Administración y el Recurso de Revisión es gratuito y sin necesidad del patrocinio de un abogado.

El Reclamo Directo consiste en que el afectado presente de forma escrita o verbal el reclamo en un plazo de hasta 20 días de conocido el hecho. Si no está conforme con la respuesta tiene como alternativa recurrir a una Reclamación Administrativa ante el Ente Regulador, donde podrá darse el caso de la conciliación.

“En caso que el Reclamante o el Operador no esté de acuerdo con la resolución de la Reclamación Administrativa, podrá interponer el Recurso de Revisión en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computables a partir del siguiente día hábil de su notificación, o de vencido éste, sin que exista dicha notificación”, refiere el parágrafo I del artículo 31 del Reglamento.