El Pleno de la Cámara de Diputados
aprobó por unanimidad, en sus estaciones grande y detalle, el Proyecto
de Ley para la defensa de los animales contra actos de violencia,
crueldad y maltrato, incorporando la tipificación de dos nuevos delitos,
tratos crueles y biocidio, en el Código Penal con sus respectivas
sanciones.
El documento aprobado la noche de este
jueves señala a los animales como sujetos de protección en cuanto al
derecho a ser reconocidos como seres vivos, a un ambiente saludable, a
ser protegidos contra todo tipo de violencia, maltrato y crueldad y a
ser auxiliados y atendidos.
En su Artículo 4, el Proyecto establece
responsabilidades a los ministerios de Salud, de Educación, de
Comunicación, de Medio Ambiente y Aguas, y de Autonomías y de desarrollo
Rural y Tierras en cuanto a acciones vinculadas a políticas y
regulación orientadas a lograr los propósitos de la la ley de protección
de los animales.
Asimismo señala obligaciones de las
personas particulares para evitar el maltrato de los animales y
garantizar la tenencia de éstos de manera responsable. Entre las
obligaciones están: evitar causarles o permitir sufrimientos
innecesarios, denunciar los actos de maltrato y crueldad, y abstenerse
de realizar procedimientos quirúrgicos innecesarios.
El Proyecto 136 incorpora dos nuevos
tipos penales: “Tratos crueles”, que sanciona estas conductas con
privación de libertad de seis meses a un año, y “Biocidio”, que sanciona
con privación de libertad de dos a cinco años a la o las personas que
maten con ensañamiento y motivos fútiles a un animal.
No entran en el marco del Proyecto los
actos vinculados a la medicina tradicional y ritos que se rigen conforme
a la cultura y tradiciones de las naciones y pueblos indígena
originario campesinos, ni lo referido a la fauna silvestre, temática que
merecerá regulación en una norma específica.