jueves, 2 de junio de 2011

SIN clausura el primer surtidor bajo la Ley 100

Economía
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) clausuró ayer una estación de servicio en La Paz, denominada Lubrican SRL, por no emitir la nota fiscal correspondiente en la venta de combustible por un valor de Bs 50.

Este surtidor de gasolina es el primero en ser clausurado bajo las sanciones de la Ley 100 denominada Ley de Desarrollo y Seguridad Fronteriza, promulgada el 4 de abril del presente año.

Consultado sobre la posible expropiación de la estación de servicio, el presidente ejecutivo del SIN, Roberto Ugarte, respondió que “Impuestos Nacionales cumple y hace cumplir la ley, con este tipo de operativos fortalecemos los lineamientos institucionales”.

La Ley de Seguridad Fronteriza establece en su artículo 19 (obligación de facturación) parágrafo I: “Se incorpora el parágrafo V al Artículo 164 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, con el siguiente texto: ‘V. cuando se verifique la no emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente por la venta de gasolina, diesel oíl y gas natural vehicular en estaciones de servicio autorizadas por la entidad competente, la sanción consistirá en la clausura definitiva del establecimiento’”.

Según determina la ley, la administración del surtidor pasará a manos de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), entidad que procederá a la respectiva indemnización del surtidor.

La estación de servicio clausurada con  NIT 1020641024 está ubicada en la zona Periférica (av. Juan José Torres N° 10) de la ciudad de La Paz.

Al respecto, la dueña de la estación expropiada, Ángela Quisberth, aseguró que en su estación todos los días emiten facturas, “nosotros salimos del control de nuestros empleados. No es justo que nos tenga que quitar esto el Gobierno”.

Tomado de: http://www.cambio.bo/noticia.php?fecha=2011-06-02&idn=46651

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