jueves, 25 de junio de 2015

Evo promulga Ley de Conciliación y Arbitraje

Morales promulga Ley de Conciliación y Arbitraje que "garantiza" la inversión y "dignifica" al país


La Paz, 25 jun (ABI).- El presidente Evo Morales promulgó el jueves la Ley 708 de Conciliación y Arbitraje que, dijo, garantiza la inversión estatal y privada como también la nacional y extranjera y "dignifica" a los bolivianos porque brinda equidad y seguridad a las partes.

    "La Ley de Conciliación y Arbitraje es una ley que garantiza la inversión y es la muestra de un Estado Plurinacional de Bolivia", señaló en el acto de promulgación realizado en el Hall de Palacio de Gobierno.

     La norma reconoce el laudo arbitral extranjero a ser ejecutado y sujeta la cooperación judicial internacional a leyes bolivianas.

     Elaborada por profesionales bolivianos, regula la conciliación y el arbitraje como medios alternativos de resolución de controversias emergentes de una relación contractual o extracontractual.

     El Jefe de Estado saludó el aporte de los profesionales, instituciones y fuerzas sociales para elaborar normas que den confianza a todos los sectores.

    "Ahora promulgamos esta norma de arbitraje y conciliación que también dignifica a los bolivianos (...). Saludo de verdad este trabajo conjunto entre el sector inversionista, tenemos una ley para inversión y conciliación, digna, con mucha ética en Bolivia y soberanía, ahora ningún sector empresarial puede quejarse sobre que no hay garantías ni seguridad jurídica", fundamentó.

    El Mandatario aseguró que la nueva norma impulsará aún más el crecimiento económico en Bolivia.

    La ley da paso a la conciliación extrajudicial como un medio alternativo a la justicia ordinaria, basada en voluntariedad, flexibilidad, oralidad para que las partes resuelvan su conflicto y para que el acuerdo de los interesados sea garantizado.

    El acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, solo en caso de incumplimiento.

    Además incorpora la figura de autoridad nominadora para el nombramiento de árbitros. Los plazos del arbitraje pueden ampliarse o reducirse conforme la voluntad de las partes, el arbitraje puede iniciarse antes o durante un proceso judicial.

clm/ma                         ABI

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Fuente: ABI

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