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La Paz, 1 may (ABI).- El presidente Evo Morales promulgó el miércoles la Ley 367 que incorpora el delito de avasallamiento minero dentro del Código Penal y que establece una condena de entre cuatro y ocho años de cárcel para las personas que se apropien ilegalmente de algún yacimiento o comercialicen recursos mineralógicos sin autorización de la Corporación Minera de Bolivia. 'La Ley 367 incorpora en el Código Penal, de tipos penales, los avasallamientos en áreas mineras, explícitamente, expropiación ilegal de recursos minerales, venta o compra ilegal de recursos naturales', anunció el mandatario en su discurso por el Día de Trabajador. En su intervención, explicó que esa norma coadyuvará con el proceso de regularización de la minería informal y, también, reducir la minería ilegal en el país. Según fuentes oficiales, en los últimos ocho años se registraron en Bolivia al menos 200 tomas ilegales de yacimientos por parte de campesinos, indígenas o cooperativistas, como consecuencia del buen momento de la minería en el mercado internacional. Por otra parte, el Presidente también promulgó la Ley de Autorización de Suscripción de Contratos Mineros, que autoriza a la Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera rubricar convenios a nombre del Estado boliviano con actores productivos relacionados con ese sector. 'Ésta presente Ley faculta a las autoridades jurisdiccionales, administrativas mineras a suscribir contratos mineros a nombre del Estado con los actores mineros, contratos presentados por las cooperativas mineras y otros actores mineros', apuntó Morales. De acuerdo a la nueva norma, el Ministerio de Minería será la encargada de elaborar el procedimiento para la suscripción de contratos mineros, que deberán ser aprobados mediante decreto supremo, en un plazo máximo de 30 días, a partir de la publicación de esa Ley. mcr/rm/ ABI ABI. Copyright 1998-2011. | |