http://adolfomendozaleigue.blogspot.com/2013/04/ley-contra-avasallamiento-sancionara.html
El pleno del Senado, por más de dos tercios de votos, agregó al proyecto de ley el concepto de compra. Con esta inclusión, no solo se sancionará a los que “vendieren” los recursos minerales producto de avasallamiento, sino también a los que “compraren”.
La venta o compra ilegal de minerales tendrá una sanción penal de reclusión carcelaria de 3 a 6 años.
Por otra parte, la propuesta legal, aprobada en Diputados y que se mantuvo en Senado, señala: “El que por cualquier razón ocupare área minera mediante violencia, amenazas, engaño o cualquier otro medio, impidiendo el ejercicio de actividades mineras o desalojando derechos del Estado y/o a titulares de derechos mineros que se hallan en posesión legal del mismo, será sancionado con privación de libertad de 4 a 8 años”.
Con esta misma pena (4 a 8 de cárcel) se castigará a quienes exploten ilegalmente los recursos minerales “sin contar con autorización o derecho otorgado”.
El proyecto de ley crea tres tipos penales en el Código Penal: avasallamiento en área minera, explotación ilegal de recursos minerales y venta o compra ilegal de recursos minerales.
La Comisión de Justicia Plural del Senado, en su informe, deja en claro que los recursos naturales “son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano y corresponde al Estado su administración…”.
La actividad minera legal en los últimos años fue perjudicada por la ocupación física, por presión, violencia y amenazas de avasalladores.
Fuente: Prensa Senado