La Paz, 23 may (ABI).- El ministro de Culturas, Pablo Groux, informó
que el Ejecutivo promulgó el miércoles el Decreto Supremo 1241, que
reglamenta la Ley 2206, que exime del pago del Impuesto al Valor
Agregado (IVA) y otros tributos, a la producción artística boliviana.
"Hoy miércoles en la sesión de Gabinete Ministerial se ha promulgado
el Decreto Supremo 1241, que reglamenta la Ley 2206, que exime del pago
de impuestos al Valor Agregado a las transacciones y a las utilidades, a
las actividades de producción, presentación y difusión de eventos de
teatro, danza, música nacional, pintura, escultura y cine que sean
producidos por artistas nacionales", explicó en conferencia de prensa.
Groux aseguró que esa norma pretende alentar la producción artística boliviana.
El Ministro de Culturas explicó que para acceder a la exención
impositiva, los eventos artísticos deberán realizarse en espacios
públicos, municipales o nacionales o contar con el auspicio expreso del
Ministerio de Culturas o las entidades territoriales autónomas, mediante
certificación expresa.
Del mismo modo, las películas de producción nacional que sean
exhibidas en cines o teatros de propiedad de entidades públicas quedarán
exentas del pago de impuestos, al igual que cualquier otro evento
auspiciado o co-auspiciado por el Ministerio de Culturas y las unidades
territoriales autónomas, remarca el Decreto Supremo.
Respecto a eventos en los que participen artistas extranjeros, sólo
podrán ser puestas en escena por empresas legalmente establecidas y
constituidas en el país, para acceder a la liberación tributaria.
"El procedimiento para garantizar el cobro de impuestos del Estado
será reglamentado mediante una resolución expresa coordinada entre el
Ministerio de Culturas y el Servicio de Impuestos Nacionales", precisó
Groux.
Por otra parte, el Ministro de Culturas informó que el decreto 1241
creará el Sistema Plurinacional de Registro de Artistas Bolivianos, bajo
tuición del Ministerio de Culturas, entidad a través de la cual se
entregará una credencial de acreditación como artista boliviano para
acogerse a la exención de impuestos.
Groux aclaró que ese proceso de registro también podrá realizarse en
las gobernaciones de los 9 departamentos, previo un acuerdo y convenio
suscrito con el Ministerio de Culturas y esas entidades autónomas
departamentales.
La norma también establece las siguientes obligaciones: iniciar el
evento con puntualidad, abrir las puertas de acceso con la debida
antelación, para garantizar la seguridad de los espectadores, además de
otorgar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para todo el
público presente.
También deberán informar a las instancias policiales
correspondientes, sobre la utilización de material pirotécnico en
espacios abiertos, asimismo queda absolutamente prohibido en los
espectáculos artísticos a realizarse en nuestro país, por artistas
bolivianos o extranjeros, incurrir en alguna conducta discriminatoria o
racista.
De igual forma, queda prohibido emitir un número mayor a la
capacidad física de los espacios a ser utilizados, publicar en forma
errónea o falsa los datos referidos al espectáculo y finalmente utilizar
material explosivo o combustible en espectáculos públicos cerrados.
El Ministro de Culturas anunció también que en 20 días más el
Servicio de Impuestos Nacionales, en coordinación con ese despacho,
establecerá dos resoluciones administrativas.
"La primera reglamentando los procedimiento sobre los cuales
entidades autónomas y el Ministerio de Culturas validarán el auspicio a
eventos nacionales en espectáculos no públicos. Y la segunda,
determinará las condiciones y características que los espectáculos con
artistas extranjeros deberán cumplir con las normas impositivas
nacionales", explicó.
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