jueves, 29 de marzo de 2012

‘No entran al proceso de regularización quienes tengan asentamientos ilícitos’

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Betty Tejada - ‘Hay conflicto de las personas que están en litigio, sin una figura jurídica clara’
Betty Tejada
Betty Tejada
La Razón / Micaela Villa / La Paz - 00:54 / 29 de marzo de 2012

La presidenta de la Comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías de Diputados señaló que existe un vacío en el anteproyecto de Ley de Regularización del Derecho Propietario, pues no contempla a ciudadanos que estén en litigio. Considera que esto debe analizarse y que no deben dejarse cabos sueltos. Reiteró que quienes son inquilinos, anticresistas o cuidadores no podrán reclamar ningún derecho propietario.

— ¿Quiénes se podrán acoger a la Ley de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Destinados a Vivienda cuando ésta se apruebe?

— La finalidad de la ley es clara: regularizar legal y técnicamente el derecho propietario de aquellas personas que sean poseedoras de bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda, tengan  o no títulos de propiedad registrados en Derechos Reales. A personas que tienen la necesidad de regularizar sus trámites de inscripción en Derechos Reales por correcciones de identidad (que surjan sobre nombres, apellidos, cédula de identidad, estado civil y fecha de nacimiento), por correcciones técnicas (superficie, ubicación y colindancia) en los municipios, en el Servicio General de Identificación (Segip). Las municipalidades también van a poder cambiar sus usos de suelos para evitar conflictos sobre asentamientos que han permitido los mismos municipios, también van a delimitar su área urbana y rural.

— ¿Quiénes no serán beneficiados con la ley según el anteproyecto entregado al presidente Evo Morales?

— No entran en el proceso de regularización quienes avasallen y tengan asentamientos ilegales, porque están sujetos al Código Penal. No entran quienes detentando un derecho propietario circunstancial — usufructo, alquiler, anticrético, los caseros o los que cuidan casas— demanden derechos sobre un bien inmueble que es propiedad privada. A la población que tiene temor respecto a que si alquiló su casa por cinco años se la van a quitar, o si tiene un casero que está diez años, éste va a tener derecho a la propiedad privada, hay que decirle que esto no va a suceder.

— ¿A qué se refiere el anteproyecto cuando habla de que podrán regularizar los asentamientos hasta el 31 de diciembre de 2005?

— Por ejemplo, en la época que Jaime Paz fue presidente, a través de una ley, otorgó a más de 300 ciudadanos un derecho propietario sobre unos terrenos de Enfe (Empresa Nacional de Ferrocarriles). Esta gente vive más de 20 años ahí, tiene una posesión pacífica y esto va a tener que resolverse. En este caso, el propietario, es un bien del Estado central, (tendrá) que negociar y ceder (el terreno) en base a una ley. Por ejemplo, en predios municipales, en su momento áreas verdes, el municipio, en su plan regulador,  hizo verificación expost, lo que permitió que muchos ciudadanos se asienten, construyan su casa,  que las cooperativas les habiliten agua, luz, que les hagan calles, que se los legitime, y ahí la municipalidad va a tener que entrar en acuerdo con estos vecinos para vender este terreno.

— ¿Qué requisitos deben cumplir aquellos que se acojan a la regularización?

—  Para entrar al plan de regularización se debe demostrar el cumplimiento simultáneo de los siguientes requisitos: contar con construcciones permanentes destinadas a viviendas, con antigüedad no menor a cinco años antes de la promulgación de la presente ley; posesión de buena fe, es decir en apego a las leyes; además, que se encuentren dentro de los radios urbanos homologados a partir de su promulgación; que presenten recibos de pago de servicios que denoten la dirección del inmueble; un croquis de ubicación; comprobantes de pago de impuestos correspondientes, por lo menos, a los últimos cinco años; constancia de realización de trámites municipales; y el registro biométrico o cédula de identidad. También deberá ser presentada, obligatoriamente, la declaración voluntaria ante Notario de Fe Pública del tiempo y lugar de posesión, la fotocopia legalizada de la planimetría y la certificación de no propiedad emitida por la oficina de Derechos Reales. 

— ¿Dónde presentarán las personas estos documentos?

— El trámite se va a iniciar en instancias municipales porque tienen tuición sobre su territorio. Quién, cómo, qué instancia lo recibe,  etc., lo va a determinar el decreto reglamentario.

— ¿Qué sucederá con los ciudadanos que estén en litigio?

— En los casos en que haya un litigio o un proceso entre particulares, esta ley no se mete, lo que tiene que quedar claro es que esta norma no contraviene a ninguna otra ley vigente, hablamos del Código Civil. Las personas que accedan a este proceso sumario (de regularización) son aquellas que tienen una posesión pacífica y de buena fe, que han tenido errores en la transcripción de sus datos o cuando Derechos Reales ha omitido algún dato. En estos casos los municipios también van a coadyuvar para la abreviación de procesos.

— ¿Qué opinión tiene en relación a particulares en litigio?

— Quiero aclarar que es un anteproyecto de ley que pone candado y cierra los procesos de todos aquellos que tienen posesión pacífica y de buena fe. El vacío que a priori identifico —y no es posición de la comisión sino un criterio personal— es que hay un conflicto no resuelto y es el conflicto de personas que tomaron posesión y que están en litigio con propietarios privados, y que ni el propietario privado que tiene el derecho real, ni el que tomó posesión, tienen un figura jurídica clara. En mi criterio esto debe analizarse y debatirse. Lo ideal es que esta ley culmine en una efectividad tangible, que no dejemos cabos sueltos respecto a todos los problemas.

— ¿A qué se refiere el anteproyecto con procesos sumarios?

— Se ha identificado que en la mayoría de los casos estas tramitaciones son muy burocráticas en todas las instancias. Para que se cierre definitivamente el conflicto del derecho propietario se necesita abreviar procesos, es decir facultar a diferentes instancias. Por eso, por ejemplo, Derechos Reales tendrá la facultad de corregir un nombre de forma expedita, a fin de que ya no se necesite ir con carta notariada y demás.

Perfil

Nombre: Betty Tejada
Cargo: Es presidenta de la Comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías de Diputados.

Trayectoria política

Entre 2002 y 2005, la ahora diputada por el Movimiento Al Socialismo (MAS) fue parlamentaria suplente de Nueva Fuerza Republicana (NFR), del opositor Manfred Reyes Villa. Sin embargo, Tejada fue expulsada de ese partido por impulsar la instalación de la Asamblea Constituyente.
Por esos años también inició un juicio contra Reyes Villa ante la Corte Nacional Electoral (CNE) reclamando sus derechos constitucionales como parlamentaria.  En 2007 fundó la agrupación ciudadana Santa Cruz Somos Todos (opositora al prefecto Rubén Costas).  En 2010 selló una alianza política con el MAS y empezó a reunirse con el presidente Evo Morales.