jueves, 6 de junio de 2013

Ley de Armas aprobada hoy en Senado regulará tenencia, licencia y comercio

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PS (5-06-13).- La Cámara de Senadores aprobó en sus dos estaciones el proyecto de Ley de Control de Armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, destinada a regular la fabricación, licencia y comercio, luego de subsanar las observaciones a tres artículos del instrumento legal.

El presidente de la Comisión de Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana, senador René Martínez, explicó que la norma fue consensuada entre la oposición y el oficialismo, “primero hace referencia a la prohibición que la policía boliviana pueda importar armas de tipo militar: segundo es la portación o tenencia de armas o explosivos en lugares o actividades de la comunidad ciudadana y finalmente, la separación de uso diferenciado de explosivos de fuegos artificiales en festividades”.

Con la aprobación de la presente norma, el Estado garantizará la convivencia pacífica y la vida de las personas, con tareas de prevención, lucha y sanción a los delitos cometidos por el tráfico y uso ilícito de armas de fuego.

“Cualquier determinación de políticas de armas, corresponde al nivel central del Gobierno, las dos instituciones facultadas en el uso de armas, tanto la Policía Nacional como las Fuerzas Armadas, están subordinadas al mando de los titulares ministeriales Gobierno y Defensa”, explicó Martínez.

El objetivo de la presente ley es normar, regular y controlar la fabricación, importación, exportación, internación temporal, comercialización, enajenación, donación, transporte, tránsito, depósito, almacenaje, tenencia, manipulación, empleo, porte o portación, destrucción, desactivación, rehabilitación, registro, control, fiscalización, secuestro, incautación, confiscación de armas de fuego, municiones, explosivos y materias primas para su fabricación.

El senador opositor Marcelo Antezana (CN) del Comité de Sistema Electoral Derechos Humanos y Equidad Social, destacó la aprobación de la norma “es una ley importante que la sociedad boliviana está esperando por mucho tiempo, por más de dos décadas y que va a venir a enriquecer y engrosar parte de la estructura jurídica política de nuestro país”.

“Bolivia, por primera vez en su historia, ingresa al debate mundial sobre la tenencia y desarme de armas de fuego por el peligro que genera al cometerse una serie de delitos por organizaciones criminales”, justificó así el proyecto, la Comisión de Seguridad del Estado Fuerzas Armadas y Policía Boliviana de la Cámara de Senadores.

Registro
Con el propósito de registrar las armas de fuego y municiones de uso militar, policial y civil, asimismo el registro de empresas dedicadas a realizar actividades de armas de fuego, municiones, explosivos, fuegos artificiales y pirotécnicos, se creará el Registro General de Armas de Fuego, Municiones y Explosivos (REGAFME), que estará bajo el cargo del Ministerio de Defensa.

Clasificación
Las armas de fuego y explosivos se clasifican en: Armas Convencionales y no Convencionales. Las Fuerzas Armadas, Policía Boliviana y personas particulares podrán hacer uso de las armas convencionales de acuerdo a reglamento.

Fabricación
La norma regula la fabricación, armerías de uso civil, investigación y desarrollo científico, como el almacenaje, transporte, tránsito internacional y la donación.

Regulará también la adquisición de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados para el uso militar y policial a cargo del Ministerio de Defensa.

Licencia
Para la obtención de arma de fuego, la norma establece 4 tipos de licencia (individual, deportivo, caza y colección), previo cumplimiento de requisitos.

Tipos Penales
El proyecto de Ley fija 15 tipos penales: Tenencia, porte o portación y uso de armas no convencionales; Fabricación Ilícita; Tráfico Ilícito de Armas; Tenencia, porte o portación ilícita; Hurto o robo de armas; Hurto o robo de armamento militar o policial; Alteración o supresión de marca; Ostentación pública; Almacenaje peligroso; Reparación ilícita; Instrucción de tiro ilegal; Porte o portación ilícito en la prestación de servicios de seguridad y vigilancia; Atentados contra miembros de organismos de seguridad del Estado; Atentado contra bienes públicos y Agravantes.

Desarme voluntario
La norma establece en su disposición transitoria, la amnistía, regularización, desarme voluntario y activo, con plazos determinados.

Finalmente se prevé plazos para la inventariarían de las armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados y su reglamentación.

El Proyecto de Ley aprobado en Senadores fue remitido a la Cámara de Diputados.

Fuente: Prensa Senado