miércoles, 8 de junio de 2011

Presidente Morales promulga Ley de Regulación y Saneamiento Vehicular (Amplía)

    La Paz, 8 jun (ABI).- El presidente Evo Morales promulgó el miércoles la Ley de Regulación y Saneamiento Vehicular que prevé la legalización de los autos denominados "chutos" (indocumentados) que se encuentran en el país y que ingresaron de contrabando hasta antes de la promulgación de la ley.

    El Jefe de Estado confirmó la promulgación de la norma en una conferencia de prensa dictada en Palacio de Gobierno.

    "La promulgamos después del Gabinete", remarcó el mandatario tras preguntas insistentes de los periodistas.

    "Establecer por única vez un programa de saneamiento legal de los vehículos automotores a gasolina, gas natural vehicular y diesel, así como de mercancías consistentes en tractores, maquinaria agrícola, remolques y semirremolques, indocumentados que al momento de la publicación de la presente ley se encuentren en el territorio aduanero nacional y de aquellos que estén en depósitos aduaneros y zonas francas nacionales", remarca el artículo primero de la ley promulgada por el Ejecutivo.

    Morales dijo que cumplió con promulgar una ley sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional que fue promovida y gestada porque el problema de los autos indocumentados se ha agudizado.

    Recordó que la Ley prevé 15 días para que los propietarios de autos ilegales registren sus motorizados para el proceso de legalización que durará 90 días y advirtió que los motorizados que no se registren en el plazo previsto serán decomisados y confiscados.

    Según el artículo 3 de la Ley, en el caso de los vehículos a gasolina y GNV los propietarios deben presentar a la Administración Aduanera adjuntando el certificado emitido por DIPROVE, que acredite la inexistencia de denuncias por robo; el pago de los tributos aduaneros aplicables a su importación sobre las tablas de valores y depreciaciones que apruebe la Aduana Nacional;  y el pago de una multa equivalente al cincuenta por ciento del tributo aplicable.

    En el caso de vehículos a GNV, esa multa será del 25%  del tributo omitido y para los motorizados a diesel el 100%.

    "Vencido el plazo excepcional de vigencia del programa, la Aduana Nacional con el apoyo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana, procederá al decomiso de los vehículos indocumentados, en aplicación de la Ley General de Aduanas, del Código Tributario y demás leyes en vigencia", remarca el artículo 7 de la ley promulgada por el Ejecutivo.

    Agrega que las instituciones públicas citadas en el parágrafo anterior que apoyen en el decomiso de los vehículos indocumentados, tendrán prioridad en la adjudicación o entrega directa de los mismos.
rsl                        ABI

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Tomado de: http://abi.bo/

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