jueves, 26 de abril de 2012

La Fiscalía debe intervenir

http://www.cambio.bo/editorial/25042012/la_fiscalia_debe_intervenir_69555.htm 

Editorial Periodico Cambio

Grupos violentos se incrustaron en la marcha organizada por la COB. Esos grupos lanzaron dinamitas en el centro paceño e hirieron a varios policías. Además, otras agrupaciones pidieron la renuncia de un ministro. Esas actitudes están tipificadas como delitos contra la vida y la integridad corporal y contra la seguridad interior del Estado. 

Los grupos hicieron explotar dinamitas y las lanzaron contra policías que resguardaban la plaza Murillo, donde se albergan dos Órganos del Estado: Ejecutivo y Legislativo.  “Habrían seis o cuatro personeros de la Policía que se encuentran heridos producto del lanzamiento de la dinamita; esta situación es muy grave y constituye delito penal”, declaró a Erbol el viceministro de Gobierno, Jorge Pérez.

El intento de matar a otra persona (con explosiones de dinamita) está tipificado como homicidio (Art. 251 del Código Penal) en grado de tentativa (es decir, el inicio de actos idóneos e inequívocos destinados a la ejecución de un delito que no fue consumado por causas ajenas a la voluntad).

Además, la actitud de los grupos violentos se encuentra subsumida en el artículo 132 (asociación delictuosa), ya que se trató de una asociación de cuatro o más personas destinada a cometer delitos, en este caso lanzar dinamitas, herir a policías, perturbar el orden público.  Otro grupo que exigió la destitución de un ministro incurrió en una conducta que está tipificada como sedición (artículo 123 del Código Penal). Ante ello, la Fiscalía debe actuar de oficio.