http://www.cambio.bo/editorial/25042012/la_fiscalia_debe_intervenir_69555.htm
Editorial Periodico Cambio
Grupos
violentos se incrustaron en la marcha organizada por la COB. Esos
grupos lanzaron dinamitas en el centro paceño e hirieron a varios
policías. Además, otras agrupaciones pidieron la renuncia de un
ministro. Esas actitudes están tipificadas como delitos contra la vida y
la integridad corporal y contra la seguridad interior del Estado.
Los grupos hicieron explotar dinamitas y las lanzaron contra policías
que resguardaban la plaza Murillo, donde se albergan dos Órganos del
Estado: Ejecutivo y Legislativo. “Habrían seis o cuatro personeros de
la Policía que se encuentran heridos producto del lanzamiento de la
dinamita; esta situación es muy grave y constituye delito penal”,
declaró a Erbol el viceministro de Gobierno, Jorge Pérez.
El intento de matar a otra persona (con explosiones de dinamita) está
tipificado como homicidio (Art. 251 del Código Penal) en grado de
tentativa (es decir, el inicio de actos idóneos e inequívocos destinados
a la ejecución de un delito que no fue consumado por causas ajenas a la
voluntad).
Además, la actitud de los grupos violentos se encuentra subsumida en el
artículo 132 (asociación delictuosa), ya que se trató de una asociación
de cuatro o más personas destinada a cometer delitos, en este caso
lanzar dinamitas, herir a policías, perturbar el orden público. Otro
grupo que exigió la destitución de un ministro incurrió en una conducta
que está tipificada como sedición (artículo 123 del Código Penal). Ante
ello, la Fiscalía debe actuar de oficio.